EL DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO
El divorcio de mutuo acuerdo permite finalizar el matrimonio o lo que es lo mismo, poner fin a los efectos del matrimonio válido sin optar al divorcio contencioso, lo encontramos regulado en el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Se podrá realizar ante el notario, menos cuando hay hijos menores o dependientes de los padres, en tal caso, se requerirá la presentación de un convenio regulador debiendo acudir por la vía judicial.
¿Qué tipo de efectos tiene el divorcio de mutuo acuerdo?
Los efectos que tiene el divorcio en lo relativo a la filiación son tanto personales como económicos, empezando a tener efecto una vez se obtenga una sentencia judicial o acta notarial, o bien desde el momento en que sea firmado por ambas partes un convenio regulador.
¿Es necesario argumentar las causas por las cuales un matrimonio desea divorciarse?
La respuesta es no, ya que con la Ley 15/2005 que modifica el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio, se suprime la necesidad de argumentar las causas de la separación, incorporándose la posibilidad de divorciarse de mutuo acuerdo ante notario.
Requisitos para divorciarse de mutuo acuerdo
Para poder divorciarse de mutuo acuerdo debe tenerse en cuenta los siguientes requisitos:
- Haberse casado legalmente.
- Llevar como mínimo 3 meses de casados.
- Poder presentar un convenio regulador.
El hecho de tener hijos menores no emancipados o hijos que sean mayores pero que tengan establecido sobre ellos judicialmente unas medidas de apoyo, será determinante para decidir si el divorcio podrá o no tramitarse ante notario o si deberá encaminarse en forma judicial.
Por otro lado, la existencia de un embarazo en el momento de solicitar un divorcio, también será decisivo para determinar la vía a seguir en cuanto al caso concreto.
¿Cómo se inicia el procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo?
El procedimiento se inicia con la presentación de una demanda firmada por abogado y procurador, acompañándose con esta una serie de documentación junto con la propuesta de convenio regulador.
Fin del procedimiento y sentencia
Una vez los cónyuges han ratificado su voluntad, se ha analizado la documentación, la propuesta de convenio regulador y se ha obtenido el visto bueno por parte del Ministerio Fiscal, el tribunal dictará sentencia concediendo el divorcio y se pronunciará sobre el convenio regulador.
La sentencia será firme por lo que sus efectos empezarán a surtir una vez se ha dictado dicha sentencia y en el caso de que se haya tramitado por notaría, los efectos comenzarán una vez se haya emitido el acta notarial.