El Boletín Oficial del Estado con la la Orden SND/726/2023 publica el fin oficial de la mascarilla obligatoria, pero ¿existe alguna excepción donde sea necesaria el uso de la mascarilla obligatoriamente?
Se aprueba por el Consejo de Ministros el fin del uso obligatorio de mascarillas a partir del 5 de julio de 2023, el pasado 4 de julio se declaraba el fin de la obligatoriedad del uso de mascarillas en centros sanitarios, sociosanitarios y farmacias.
El BOE publicaba este miércoles 5 de julio el acuerdo tomado en el Consejo de ministros y se hacia efectivo el fin de la obligatoriedad.
El Boletín Oficial del Estado publica la Orden SND/726/2023, de 4 de julio, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de julio de 2023, por el que se declara la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, llevando aparejada la finalización de esta obligatoriedad después de más de tres años, y recoge el cese de la aplicación de las medidas extraordinarias llevadas a cabo y establecidas en la Nación.
Por tanto, y a tenor de lo previsto en el BOE, no existe alguna excepción donde sea necesaria el uso de la mascarilla obligatoriamente. Así, ningún centro sanitario, sociosanitario ni farmacia podrá obligar a ningún ciudadano a portar mascarilla discrecionalmente ya que solo se prevén recomendaciones y no obligaciones.
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