EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID ANULA LAS ZONAS DE BAJAS EMISIONES
La sentencia proviene tras un recurso emprendido por Vox, dicha sentencia considera que no se tuvo en cuenta el impacto económico que podría causar a los colectivos empresariales con menos capacidad económica. Pero OJO, porque al no ser firme el fallo, continúan las limitaciones al tráfico, por tanto, podemos ser multados si accedemos a las zonas restringidas sin que la sentencia alcance su firmeza.
Las restricciones cesarían en caso de que no prospere un posible recurso emprendido por el Ayuntamiento de Madrid, así una vez la sentencia sea firme el fin de las restricciones de las ZBE afectarían, como se ha determinado, a todas las Zonas de Bajas Emisiones de la ciudad siendo una de ellas, por ejemplo, la M-30 en la que a partir del 1 de enero de 2025 está previsto que ningún vehículo sin distintivo medioambiental, pueda circular.
Sin embargo, de momento cabe ser cauto, puesto que tanto en el distrito Centro como en Plaza Elíptica, también en la M-30 y en todos las Zonas de Bajas Emisiones las restricciones como hasta ahora, ya que el Ayuntamiento dispone de 30 días para la interposición de un recurso de casación, el cual, determinará si finalmente las restricciones llegan a su fin o se mantienen. En caso de que la firmeza de la sentencia llegue a buen puerto, o si por el contrario un posible recurso de casación por parte del Ayuntamiento resulta tener un fallo negativo, además de las restricciones de las zonas ZBE, las multas podrán ser anuladas.
Para proceder a la anulación de multas una vez haya sentencia FIRME, desde Levy Abogados, ofreceremos un servicio de anulación de multas muy asequible para cualquier cliente que desee emprender acciones consiguiendo la anulación de dichas multas.